Código Rojo

Sentencian a José Luis por delito de trata de personas contra su pareja

Obligaría a la fémina a entregarle videos sexuales con clientes

Alfredo Fernández | @AlfredF_tribuna

Puebla, Pue.- La Fiscalía General del Estado de Puebla obtuvo sentencia a 45 años de prisión y a pagar más de 650 mil pesos en sanciones económicas y reparación del daño moral e integral en contra José Luis, por obligar a su pareja y madre de su hija a prostituirse y entregarle videos de las relaciones sexuales que tenía con los clientes para obtener ganancias económicas por éstos.

Este hombre inició una relación amorosa con una mujer de 23 años en el 2012, luego de un par de meses de noviazgo, José le propuso a su pareja vivir juntos, fruto de esta relación tuvieron una hija, pasaron cuatro años cuando presuntamente a causa de los problemas económicos que representaba mantener los gastos de la menor y del hogar, el hombre empezó a obligar a su pareja a practicar servicios sexuales.

Con el paso del tiempo la explotación y la violencia aumentaron al grado de que cuando la mujer no le entregaba una cuota de mil a mil 500 pesos diarios así como videos de los encuentros sexuales sufría agresiones físicas y castigos que imponía el victimario.

La joven de 27 años tomó valor para escapar y presentó una denuncia ante la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia de Género contra las Mujeres, que puso en marcha labores de investigación para obtener y cumplir orden de aprehensión contra José Luis.

Leer: CRV reitera compromiso para “desterrar” la trata de personas en Puebla

La víctima de 27 años logró poner fin a la explotación por parte de quien era su pareja sentimental a quien le impusieron la primera sentencia en la entidad poblana por el delito de trata en su modalidad de pornografía y la pena más elevada también por explotación sexual al considerar agravantes, tratos crueles e inhumanos y degradantes.

Esta pena histórica obtenida por la Fiscalía General del Estado se da en el marco de la reciente aprobación del Senado de la República a las reformas a la Ley General de Acceso de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal Federal para sancionar la violencia digital, conocida como Ley Olimpia.

Estas modificaciones buscan tipificar el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual en plataformas de internet o redes sociales así como las agresiones contra las mujeres en medios masivos de comunicación con penas que van de 3 a 6 años de prisión.

Olimpia Coral Melo principal promotora de estas reformas pasó de víctima a activista para frenar y castigar la violencia digital hacia las mujeres, logrando con la aprobación la penalización del acoso y la difusión de los llamados “packs”.

Leer: Rescatan en Baja California a víctima de trata de personas

Entre los logros de esta reforma están que las autoridades tienen la obligación a bajar o bloquear de los espacios publicados los contenidos difundidos sin consentimiento de las personas que denuncian como medida de precaución e inhibición de la conducta conocida como violencia digital.

Con condenas ejemplares y la aprobación de reformas como la conocida “Ley Olimpia” las autoridades buscan generar ambientes más seguros en torno a los derechos y libertades sexuales para todas y todos

Etiquetas

Artículos relacionados

Close